ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y PLANES DE SEGURIDAD Y SALUD PARA OBRAS
Según el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, el promotor estará obligado a que en la fase de redacción del proyecto de la obra se elabore un Estudio o Estudio básico de Seguridad y Salud. Asimismo, los contratistas y subcontratistas deben proporcionar el Plan de Seguridad y Salud para la ejecución de obras.
CALIDAD Y ESTUDIOS, ASESORÍA, S.L. le ofrece la posibilidad de elaborar los Estudios en base al proyecto de la obra, y los Planes en base a dichos Estudios, ambos con el contenido exigido en el Real Decreto.