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Modificación del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, Reglamento de la Administración Pública del Agua y Real Decreto 9/2005 que establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

MEDIO AMBIENTE

El pasado 20 de septiembre entró en vigor el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, el Reglamento de la Administración Pública del Agua y el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Entre las novedades más importantes de esta modificación legislativa, cuyo objeto es tanto la actualización normativa como la simplificación administrativa y la digitalización de su gestión, destacan las siguientes:

– Introducción de la figura de la declaración responsable en actividades muy sencillas,  simplificando el proceso de autorización.
–  Establecimiento de un régimen simplificado de la tramitación de los vertidos de aguas residuales de escasa entidad.
– La obligatoriedad de establecer redes de saneamiento separativas e incorporar un tratamiento de las aguas de escorrentía para nuevos proyectos industriales

Modificación de la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
Modificación de los modelos oficiales de solicitud de autorización y de declaración de vertido.

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